martes, 2 de marzo de 2010

Ministerio de Trabajo rechaza recurso de revocatoria presentado por Junta Directiva legítima de SINTRAJAP

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, rechazó un recurso de revocatoria presentado por el legítima Junta Directiva de SINTRAJAP, contra el nombramiento fuera de ley de un directorio sindical en dicha organización de trabajadores.
En el fallo emitido por el Departamento de Organizaciones Sociales de dicho Ministerio, este ente considera válida la elección de dicho directorio en una reunión de trabajadores, aduciendo que la misma correspondía a la segunda convocatoria de una Asamblea. Sin embargo, la Junta Directiva legítima de SINTRAJAP ha sostenido que dicha reunión no gozaba de carácter oficial, sobretodo porque el Ministerio de Salud había prohibido la primera convocatoria de dicho encuentro.
Además, el Ministerio aduce que no era necesaria la presencia de la Junta Directiva en la reunión. Además, aducen que no es asunto de dicho despacho considerar la participación e intromisión patronal. La denuncia presentada por SINTRAJAP plantea que la jerarquía de JAPDEVA intervino en la designación del directorio espurio.
Queda pendiente una resolución del Tribunal Contencioso Administrativo, que etá convocado para mañana a la 1:00 p.m, para valorar si hubo actuaciones fuera de la ley de parte del Gobierno en la validación de este directorio.

MEP ES EL QUE MÁS INCUMPLE LOS MANDATOS DE SALA CONSTITUCIONAL

 

Con un escaso cumplimiento de apenas 35%, el Ministerio de Educación, por el complicado manejo de las relaciones laborales, es el que más incumple las resoluciones de la Sala Constitucional, según estadísticas que dieron a conocer esta mañana ese órgano de justicia y el Estado de La Nación.

 

Los resultados son producto de un nuevo programa de seguimiento de ejecución de sentencias Constitucionales, implementado a partir de octubre 2009, y que hará de oficio la Sala Constitucional.

 

Se está creando una base de datos donde se podrá medir el grado de cumplimiento de los fallos constitucionales, utilizando al máximo la oralidad en estos procedimientos, por lo que funcionarios de la Sala Constitucional, en coordinación con otras oficinas del Poder Judicial, se comunicarán vía telefónica con quienes hayan interpuesto el recurso de amparo o de hábeas corpus, para ver si la sentencia fallada a su favor, ha sido debidamente cumplida por quien corresponde. En caso negativo un Magistrado de la Corte aplicará medidas coercitivas o disciplinarias para la ejecución.

 

La Presidenta de la Sala Constitucional, Ana Virginia Calzada, dijo que este nuevo programa se debe a que muchas veces se sostiene que las Sentencias de la Sala no se cumplen, lo cual ocasiona pérdida de credibilidad en el Estado Social de Derecho y de aplicación de la justicia, "eso es lo que queremos evitar", indicó.

 

Los objetivos del Programa son mejorar la eficacia en la tutela de derechos y en ampliar la exigibilidad de derechos.  

 

De ahora en adelante todas aquellas personas que presenten recursos de amparo o hábeas corpus, están obligados a proporcionar los números de teléfono a dónde se le puede localizar, así como el de la persona contra la que se interpone el recurso, para que se pueda verificar el posterior cumplimiento de la resolución.

Related Posts with Thumbnails